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El Juzgado Primero de Partido en Materia Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra resolvió anular el pago de las Boletas de Garantía que pretendía cobrar la Jindal Stell Bolivia.
El juzgado del Distrito Judicial de Santa Cruz declaró fundado el Recurso de Anulación interpuesto por la Empresa Siderúrgica del Mutún (ESM) contra la decisión dictada por el Tribunal de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (CCI), dentro del Arbitraje interpuesto por la Jindal Steel Bolivia contra la Empresa Siderúrgica del Mutún, caso signado como Arbitraje CCI Nº 18398/CA/ASM.
La información se desprende de un documento emandao del Ministerio de Minería y Metalurgia que destaca que “el falló de la CCI condenó a la ESM a pagar $us 18 millones e interés a la firma india”.
Con la Resolución Judicial emitida, se anula totalmente el pago de las Boletas de Garantía y los intereses que pretendía cobrar la Jindal Stell Bolivia S.A., tal como mencionaba el Laudo Arbitral en sus puntos Primero y Segundo del Laudo
El mismo documento establece que, “la demanda incumplió el contrato al ejecutar las Boletas bancarias de garantía números D701- 12482 emitida por el Banco de Crédito de Bolivia y 014182-0200 emitida por el Banco Bisa S.A.; Condenar a la Empresa Siderúrgica del Mutún a pagar $us. 18 millones, más los intereses (..), dichos puntos fueron anulados mediante Resolución del Juzgado Primero de Partido de Materia Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra”.
Asimismo se conoció que la ESM, el 22 de septiembre de 2014, presentó ante el Tribunal Arbitral de la Cámara de Comercio Internacional (CCI), el Recurso de Anulación del Laudo por la vulneración al Ordenamiento Jurídico boliviano, violando el derecho de defensa de la ESM.
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