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El Estado Boliviano y la empresa Jindal SteelBolivia (JSB) reconocieron el arbitraje de laCámara de Comercio Internacional (CCI) para resolver sus controversias, según señala el contrato firmado entre la compañía india y la Empresa Siderúrgica del Mutún (ESM) el pasado 18 de julio de 2007
72 horas después que el procurador del Estado, Héctor Arce, pusiera en duda la competencia de ese tribunal arbitral y posterior cuestionamiento de un exministro de Minería, en el documento al que tuvo acceso Erbol se evidencia el consentimiento de las partes
El contrato, en la parte décima, referida al Régimen de Solución de Controversias, señala -en el punto 42.3 sobre arbitraje- que “…Si el tercer árbitro no es nombrado dentro de un periodo de sesenta (60) días, computados a partir del nombramiento del segundo árbitro, o si alguna de las Partes no nombra un árbitro, entonces dicho(s) árbitro(s) será(n) nombrado(s) de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento CCI que se especifica en las líneas siguientes. La sede del arbitraje será el lugar dentro del territorio nacional definido por los miembros del tribunal arbitral. Las leyes aplicables serán las Leyes de la República de Bolivia. El arbitraje se llevará a cabo de conformidad con el procedimiento y el Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (CCI)…”
La Jindal –en la presente semana- hizo conocer un comunicado donde asegura que la CCI emitió un fallo a su favor en la que determina que la estatal boliviana Empresa Siderúrgica del Mutún debe pagar $us22.5 millones por el cobro de las boletas de garantías
El Gobierno ya adelantó cuando se presentó la demanda, en junio pasado, que no reconocía la autoridad de ese organismo de arbitraje.
No corresponde el fallo
Este miércoles, el exministro de Minería, José Pimentel, señaló que el falló decretado por la CCI no corresponde, porque no tiene competencia sobre las acciones del Estado boliviano
“La Constitución Política del Estado dice que los problemas del Estado Boliviano se tienen que resolver aquí en Bolivia, no reconocemos ningún tribunal internacional”, sostuvo
La exautoridad dijo que Comibol y la ESM nunca habían ido a ese Tribunal a justificar las razones por las cuales se ejecutaron las boletas de garantía, “porque no corresponde reconocer su competencia”
El lunes 25 de agosto, el Procurador General, Héctor Arce, manifestó que “Bolivia nunca dio su consentimiento oral, ni escrito para someterse a arbitrajes administrados por la CCI-Paris” y que “sin consentimiento no hay jurisdicción”, según señala el portal WEB de la
Procuraduría General del Estado.
Ayer, el ministro de de Minería, César Navarro, declaró que la ESM interpuso un recurso de complementariedad y aclaración al laudo de la CCI, el pasado 18 de agosto, y que la ESM espera la respuesta la Cámara hasta el 28 de agosto
“En función de estos elementos, la ESM conjuntamente con sus abogados ha hecho una valoración, y después del pronunciamiento del CCI (el 28 de agosto) va a presentar un recurso de anulación al laudo, en base a la ley 1770, Ley de Arbitraje y Conciliación, porque la ESM considera que la CCI está vulnerando y violando el derecho boliviano y porque la CCI ha tomado una normativa boliviana que ya no está vigente como es el Código Procesal Civil”, expresó
El Ministro dijo que la ESM solicitó por medio del recurso de complementariedad y aclaración a la CCI que “explique a qué se debe que establezca los montos económicos (de $us22.5 millones) y por qué no hace una evaluación y valoración de los argumentos que presenta la ESM sobre la ejecución de las boletas”.
El Gobierno es fedatario
Los ministerios de Minería y Metalurgia, de Producción y Microempresa, y de Hidrocarburos, firmaron el contrato de riesgo compartido, entre la Jindal y la ESM, en calidad de fedatarios, según el acápite 2.7 de la parte segunda referida a Intervinientes
El contrato fue firmado “de conformidad con lo establecido en los Derechos Supremos Nº 28473, de fecha 2 de diciembre de 2005” -que reconoce en su artículo 2 que la ESM debe “suscribir, en representación del Estado Boliviano, el Contrato de Riesgo Compartido” con un inversionista extranjero- y “Nº 28632, de fecha 8 de marzo de 2006”
El contrato entre partes fue firmado por Walter Jesús Chávez Paz, presidente del Directorio de la Empresa Siderúrgica del Mutún (ESM), Vikrant Kumar Gujral, representante legal de Jindal Steel Bolivia S.A. y Jindal Steel & Power Limited
Como titular de las concesiones mineras firmó Hugo Miranda Rendón, presidente ejecutivo de la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL); y como fedatarios firmaron Alberto Echazú Alvarado, ministro de Minería y Metalurgia, Celinda Sosa Lunda, ministra de Producción y Microempresa, y Carlos Villegas Quiroga, ministro de Hidrocarburos.
Compromisos de la ESM
El contrato con la Jindal, en el punto Décimo Sexto de la Parte Cuarta, establece siete obligaciones que debe cumplir la ESM
Entre las más controversiales y motivo de la ruptura del contrato según la Jindal, están que “La delimitación del área de la concesión es de responsabilidad de ESM, en estricta coordinación con JSB y COMIBOL, en sujeción al área de exploración determinada en este contrato, según anexo 3-B”
El otro punto de en cuestión es “Coadyuvar en las gestiones para la instalación del gasoducto, sistema de energía eléctrica y las cintas transportadoras hasta el puerto y la infraestructura vial necesaria”
Al respecto, el exministro de Minería, José Pimentel, exautoridad que en su gestión se ejecutaron las boletas de garantía a Jindal, señaló que la ESM sí cumplió con las obligaciones, a excepción de la provisión de gas natural por la falta de un proyecto a diseño final
“Hay un acta suscrita en ese momento por el presidente de la ESM, Guillermo Dalence, en la cual se han entregado todos los predios pertinentes (…) en el tema de la dotación de gas, lo que nunca Jindal hizo fue presentar su proyecto a diseño final, (entonces) no podemos nosotros comprometer gas si no hay un proyecto a diseño final”, apuntó
Según la declaración del ministro de Minería, César Navarro, la Jindal interpuso una demanda de arbitraje en diciembre de 2011 por $us53 millones. $us18 millones por las boletas y $us35 millones por daños y perjuicios, luego que la ESM ejecutara las dos boletas de garantía por incumplimiento de contrato y falta de renovación de la garantía
El 15 de agosto de 2014 la CCI emitió un laudo donde establece que la EMS debe pagar la suma de $us22.5 millones a la siderúrgica india. El abogado de la JSB, Jorge Valda, indicó a Erbol que si bien las boletas de garantía son por $us18 millones, los intereses por éstas llegan a $us4,5 millones. Valda agregó que una vez notificada oficialmente la ESM, sobre la decisión de la CCI, por día no pagado se suma un interés de $us3.000
El 18 de julio de 2007, JSB y la ESM firmaron un Contrato de Riesgo Compartido (CRC) por el que Jindal se comprometía a invertir $us600 millones en los dos primeros años para la explotación de hierro en el Mutún. La inversión total para el proyecto siderúrgico era de $us2.100 millones. La JSB estaba a cargo del 50 por ciento del yacimiento en el municipio de Puerto Suárez, en Santa Cruz.
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